Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 6:227 de la CSJN Argentina - Año: 1868

Anterior ... | Siguiente ...



CAUNA CXEL.
Criminal, contra Simon Luengo, Agenor Pacheco. Domingo Gonzales y otros, por rebelion.

Siunrio.— 1 Para que el Presidente de la República pueda ejercer la fienttad de conmutar 6 indultar las penas en los de- , litos sujetos 4 la jurisdiccion federal, es necesario que haya habido mt juicio en «ue se califique el delito, y se desigue al delinenente y la pena que merece.

3 El derecho de indoltar acordado por la Constitucion al Presidente de la Hepública, no puede ser ejercido por un Ministro de la Nacion, sin prévia autorizacion de aquel, 3 Es una circunstancia atenuante que disminuye la pena que la ley impone al jefe principal de la sedicion, el hecho de desistir de su propósito, contener la violencia de su accion y entrar en un camino reparador, antes Je haber sido vencido por :

las fuerzas nacionales.

Caso.— A cotísecuencia del movimiento revolucionario llevaá cabo el 165 de Agosto de 18308, en la Provincia de Córdoba por D. Simon Luengo, D. Agenor Pacheco, D. Domingo Gonzales, D, Juan Martinez Anzorena, D. Jacinto Alvarez, D. Alejandro Ruíz, D. Manuel Arredondo, D. Tomas Correas, D.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

74

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1868, CSJN Fallos: 6:227 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-6/pagina-227

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 6 en el número: 227 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos