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Fallos: 59:68 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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——e FALLOS DE LA SUPREMA CORTE q Ahora bien, el procesado Andrés A. Blot está acusado por É hurto y estafa en una cantidad que alcanza 4 30.000 pesos, E ( moneda chilena). Ya sea que se trate de hurto 6 estafa, por 6 nuestro Código Penal le correspondería como pena:

e Si es hurto, solamente de uno á tres años de prision, según el artículo 193, inciso 2", Código Penal ; y Si es estafa, de 3 4 6 años de prision con arreglo al artículo É 202, inciso 6°, del mismo Código; Y si son ambos delitos, le correspondería la pena del más | grave, que es en este caso el de la estafa, y el del hurto se consideraría como una circunstancia agravante (art. 87,C. Penal).

Se vé, por lo expuesto, que aún en elcaso más favorable á Blot, el máximun de la pena que le correspondería en la República por su delito sería de tres años, lo que pone el caso fuera de los términos del artículo 376 del Código de Procedimiento Penal, cuyo límite es un máximun de dos años de prision.

J. Botet.

Fallo del Juez Federal R Buenos Aires, Enero 3 de 1895, E Vistos y considerando: Que el artículo 674 del Código de U Procedimientos en materia penal, si bien autoriza el pedido de E excarcelacion bajo fianza del extranjero arrestado en virtud de É un pedido de extradicion, lo hace en las mismas condiciones que si el delito imputado hubiese sido ejecutado en el país. Que E segun resulta de los recaudos enviados por la Legacionde Chile E para solicitar la extradicion de Blor, únicos que el Juzgado Ñ tiene á la vista para pronunciarse sobre la excarcelacion del deL , a.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:68 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-68

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