DE JUSTICIA NACIONAL 429 quemotiva la prision y la pena aplicable á ese hecho segun ley, la excarcelacion no procede en el caso.
Se hade servir V. E., por ello, confirmar por sus fundamen= mentos el auto recurrido de foja 3.
Sabiniano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 1° de 1895.
Vistos: De conformidad con lo expuesto y pedido por el se= ñor Procurador General, y por sus fundamentos concordantes:
se confirma, con costas, el auto apelado de foja dos vuelta; y devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:429
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