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Fallos: 59:429 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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DE JUSTICIA NACIONAL 429 quemotiva la prision y la pena aplicable á ese hecho segun ley, la excarcelacion no procede en el caso.

Se hade servir V. E., por ello, confirmar por sus fundamen= mentos el auto recurrido de foja 3.

Sabiniano Kier, Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Junio 1° de 1895.

Vistos: De conformidad con lo expuesto y pedido por el se= ñor Procurador General, y por sus fundamentos concordantes:

se confirma, con costas, el auto apelado de foja dos vuelta; y devuélvanse.

BENJAMIN PAZ. — LUIS Y. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:429 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-429

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