P 226 FALLOS DE LA SUPREMÁ CORTE
E : Encontrando ajustada la sentencia recurrida, corriente á fo| ja 50, álas constancias del proceso y prescripciones de la ley | especial del caso, pido á Y. E, su confirmacion.
y Sabiniano Kier.
Fallo de la Suprema Corto Buenos Aires, Abril 20 de 1895, Vistos y considerando: Que está plenamente comprobada la circulacion de billetes falsos de Banco garantido.
Que está igualmente comprobado que el autor de esa circulacion es el procesado Angel Marini, no habiendo en autos prueba ni aun indicio de que el citado Marini los hubiera adquirido de buena fé de un tercero.
Que con tales antecedentes, debe concluirse que el procesado es autor del delito previsto y penado por los artículos sesenta y dos de la ley penal nacional de catorce de Setiembre de mil t ochocientos sesenta y tres y treinta de la ley de Bancos garantidos.
Por esto, de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, y fundamentos concordantes de la sen tencia apelada de foja cincuenta y nueve, se confirma ésta, con costas. Devuélvanse.
BENJAMIN PAZ. — LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT,
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:226
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