E 224 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
moneda na..onal, Despues sólo refiere un papel de diez pesos y el dinero sencillo que le entregara Fernandez, Designándose los billetes que guardaba en su casa, asegura tener (res billetes de diez pesos y ocho 6 nueve de un peso y ñe cincuenta centavos (lo que no es tampoco exacto, desde el momento que el secuestro sólo dió billetes de diez pesos y de cincuenta centavos) y el remanente lo tenía consigo (hasta sesenta y cinco pesos) con excepcion de dos ó tres pesos que había gastado.
10" Que el careo (véase fojas 45 y 16) demuestra más claramente la contradiccion en que incurre Merini, pues confiesa la entrega del giro de cuarenta pesos hecha por Carlos Cascia como los diez y ocho pesos, sólo que pretende cambiar 6 tras poner los momentos en que se le entregó las sumas; hecho que Y se revela de inexactitud tan sólo al leer las afirmaciones de uno y otro careado.
11 Que bastan los hechos para convencer al Juzgado de que el encausado ocalta el orígen de los billetes falsos que le fueron secuestrados y él mismo ha reconocido ser los corrientes en autos; los mismos que guardaba en su poder y había negado su existencia cuando aseguraba no tener otros papeles de cincuenta centavos que los cuatro que entregó al peon Acuña véase foja 4).
12" Que en cuanto ála aplicacion del Código Penal, con preferencia á la ley de 14 de Setiembre de 1863, ha de imponerse ésta y no aquél, por cuanto la Suprema Corte ha deciarado en la causa seguida á José Medrano, que se trata de un delito que meramente ha de regirse por la ley federal de 1863.
Por esto y demás concordantes de la acusacion promovida por el Procurador Fiscal, fallo: declarando á Angel Marini reo de circulacion de billetes falsificados, € impóngole la pena de cuatro años de trabajos forzados y una multa de quinientos pesos fuertes ó su equivalente en moneda nacional de curso legal véase artículo 62 de la ley de 11 de Setiembre de 1803), con
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:224
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