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Fallos: 59:215 de la CSJN Argentina - Año: 1895

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C
CAUSA XCII E
Y Don Julian Bruny contra don Luis Gliglione, por incompetencia; 4 > sobre costas. :

Sumario.—No procede la condenacion en costas en la incompetencia declarada de oficio, cuando ambas partes habían aceptado la declaracion de competencia del Juzgado. :

> Caso.—Lo explica el fallo de la Suprema Corte. q Falle del Jues Fedoral Buenos Aires, Julio 25 de 1894.

Autos y vistos: Considerando que siendo la jurisdiocion na- ! cional de excepcion é improrrogable á otras personas ó cosas que ; aquellas expresamente determinadas por la ley, debe declarar se :

su incompetencia, así que ella aparezca, cualquiera que sea el estado de la causa.

Que segun resulta de los autos el demandado y el de- |

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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:215 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-59/pagina-215

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