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CAUSA XCII E
Y Don Julian Bruny contra don Luis Gliglione, por incompetencia; 4 > sobre costas. :
Sumario.—No procede la condenacion en costas en la incompetencia declarada de oficio, cuando ambas partes habían aceptado la declaracion de competencia del Juzgado. :
> Caso.—Lo explica el fallo de la Suprema Corte. q Falle del Jues Fedoral Buenos Aires, Julio 25 de 1894.
Autos y vistos: Considerando que siendo la jurisdiocion na- ! cional de excepcion é improrrogable á otras personas ó cosas que ; aquellas expresamente determinadas por la ley, debe declarar se :
su incompetencia, así que ella aparezca, cualquiera que sea el estado de la causa.
Que segun resulta de los autos el demandado y el de- |
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:215
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