DE JUSTICIA NACIONAL 201 
CAUSA LX XXIX
Contra Don Juan BD. Herrera; sobre contrabando Sumario. — 1" No puede declararse la existencia del delito de contrabando, sin la prueba de hechos que lo constituyan. 
2" La omision del certificado consular en el manifiesto de las mercaderías ú introducirse, está penada con una multa igual al valor de los derechos de importacion.
Caso. — Resulta de las siguientes piezas:
RESOLUCION DE ADUANA ;
Vistos y resultando : 1° Que en el cimpo denuminado «Tambería», en la estancia de Doña Cármen Salinas, dejó una carga de mercaderías que traía de la República de Chile el señor Alejandro Alanís, sin motivos que justificasen tal proceder, desde que venían en buenas condiciones de servicio las mulas : 
que la conducía, segun se desprende de la declaracion de su ea peon Vicente Carrizo, foja 5 y vuelta, así como la de fojas 7, 8 y Ni
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Año: 1895, CSJN Fallos: 59:201 
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