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Fallos: 58:389 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Por esto y los fundamentos del anto recurrido de foja trescientos noventa y uno, se confirma éste con costas en la parte apelada, declarándose no haber lugar al recurso de nulidad in- —terpuesto, Repuestos los sellos, devuélvanse,
LUIS V. VARELA.— ABEL BA-
ZAN. — OCTAVIO BUNGE. —
JUAN E. TORRENT.
CAUSA XNEEI
1D Rosa G. de Rereta contra D. llosario Suarez, por cobro ejecutivo de pesos ; sobre nulidad Sumario.— Queda subsanada cualquiera nulidad que haya habido en el procedimiento anterior úla sentencia de remate, si ésta ha sido consentida por el ejecutado y se han obrado diJigencias ulteriores del juicio, con intervencion y consentimiento de su apoderado.

Caso.— Con fecha 30 de Noviembre de 1888, la parte ejecutante pidió que la citacion de remate se hiciera personalmente al ejeentado, por medio de exhorto dirigido al Juez Federal de la Capital, donde residía aquel.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-389

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