DE JUSTICIA NACIONAL 27 día de la sancion del Congreso Argentino, segun lo demuestra la fecha del protocolo inserto en dicho tratado; mas como por su ley de extradicion (de 1870 y 1873), no fuese posible al gobierr.o británico asegurar la recíproca entrega de fugitivos de la justicia argentina, á no ser en forma de tratado, el gobierno de la Nacion, representado por el Ministro del ramo, rehusó el pedido, prometiendo dar curso ú la demanda de extradicion de Balfour, si la Legacion británica la presentaba con el requisito y .recnudos establecidos por nuestra ley.
Así quedó reconocida en el gobierno de 5. M. Británica !a facuitad legal de reiterar el pedido sobre la base de reciprocidad, y el Gobierno Nacional obligado por la ley y su promesa formal ha declarado procedente, si se hacía con la oferta de reciprocidad ea la forma que el gobierno requirente quisiese 6 pudiese asegurarla, puesto que nuestra ley no excluye ninguna y admite expresamente la de tratado, Tenemos, entónces, que el gobierno inglés al reproducir la demanda ofreciendo cumplir en esta forma la condicion exigida, ejerció un derecho perfecto ó reconocido y que el Ejecutivo de la Nacion al aceptarla en la reciprocidad pactada en el tratado de 15 de Diciembre último, cumplió la palabra empeñada y el precepto de la ley, sin que por otra parte, pueda alegarse con razon, que ello importa dar efecto retroactivo ála convencion, puesto que aún nose trata de aplicarla 4 ningun delito anterior de los comprendidos en ella, sinó sólo de su aceptacion, como seguridad del cumplimiento de la condicion requerida al iniciarse la demanda, para darle curso, y someterla al fallo del Juzgado sobre los demás hechos que enumera la misma ley.
Luego la promesa de reciprocidad y su aceptacion es un hecho consumado que no es dado revocar ú los tribunales federales, sin invadir una facultad privativa del Ejecutivo Nacional, como lo observa en su ilustrada vista el señor Procurador Fis- :
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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:27
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-27
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