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Fallos: 58:24 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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£ 16.800 de la misma manera, asiento que puso el secretario Miller, por instrucciones de uno 6 más directores; que segun el contra Verwman y C° debían depositar £ 4.690 al ejecutar el convenio, y el 31 de Marzo de 1888, esta suma se adelantó á Newman por la Liberator Building Society, que levantó los fondos bajo condicion de que la compañía Land Allotment depositara igual suma en la sociedad, para retirarla sólo á medida que Newman y C° pagasen ú la Liberator, pero nunca le pagaron nada de la suma adelantada, ni parte del precio, por lo cual el depósito continuó hasta la fecha de la liquidacion, resultando que la Zand Allotment y C', jamás recibió las £ 26.800, que suman aqueilas dos partidas de ganancias, Por análogas simulaciones demuestra la falsedad en las cuentas y balances de 1889 ú 1892 inclusive, haciendo notar en el correspondiente á 1890, que á más de la falsedad de asiento:, aparece un adelanto de libras 150.000 ú Newman y C'", y de 110.000 47. W. Hobbs y €", debiendo pagar el premio de libras 30.000 los primeros y de libras 20.000 los segundos, habiendo la Compañía Trust provisto el total de la suma, sin que nunca se hiciera pago alguno relacionado con estos adelantos, ni se realizara la operacion.

Hace constar la fecha de los asientos y demás operaciones y termina demostrando que el quinto en el excedente de beneficios, despues de pagar un dividendo de 5 por ciento, asignado en el artículo 69 de los estatutos primitivos de la Compañía, que en 1888 no pasó de libras 500, mediante la simulacion de operaciones y ganancias que forjaron J, S. Balfour y los otros directores, apropiáronse grandes sumas de dinero, que nos se les» adeudaba ni les pertenecían.

6° Tres certificados de los magistrados que expidieron la órdenes de prision contra Balfour, testificando que las ofensas indicadas en ellas, son delitos graves ante las leyes inglesas, respecto de las cuales la exencion de ser procesados ó castigados,

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Año: 1894, CSJN Fallos: 58:24 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-24

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