Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 58:129 de la CSJN Argentina - Año: 1894

Anterior ... | Siguiente ...

Porestos fundamentos y otros que se omiten, definitivamente juzgando, fallo: condenando al ex-encargado de la Oficina de Correos y Telégrafos de Villa Dolores de esta provincia, Octavio Freund, á sufrir la pena de 5 años de trabajos forzados, con computacion del tiempo de prision preventiva, por haber distraido Ja suma de quinientos veinte y cualro pesos, cuarenta y cuatro centavos nacionales del producido y habilitación de timbres de dicha Oficina, de la que se le declara civilmente responsable.

Con costas. Ofíciese en oportunidad al Director de la Penitenciaría Nacional, en la forma acostumbrada, con fijacion del día en que deba empezarse ú contar su pena. Hágase saber con el original, transcríbase en el Libro de Resoluciones ; notifíquese al Jefe de Correos y Telégrafos de esta ciudad y oportunamente archívese, €. Moyano tacitúa.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Noviembre 7 de 1894.

Suprema Corte Los hechos imputados al procesado Octavio Freund, han sido comprobados y confesados en lo referente á la apropiacion y aprevechamiento de la suma de 540 pesos, pertenecientes úla Oficina de Correos y Telégrafos de que estaba encargado, Esa suma no ha sido reintegrada al fisco, no obstante el mucho tiempo transcurrido desde la sustraccion hasta la fecha. ' Corresponde entónces, segun el artículo 81 de la ley sobre crímenes contra la nacion, la aplicacion de la pena prescrita T. v 9

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

76

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1894, CSJN Fallos: 58:129 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-58/pagina-129

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 58 en el número: 129 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos