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Fallos: 57:82 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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de la forma de fianza establecida por la ley, cuando se presenta el caso de aplicacion despues de su vigencia, Por ello pido ú V. E., la confirmacion del auto recurrido.

Sabiniano Kier.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Agosto 16 de 1891.

Vistos: Por sus fundamentos y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señor Procurador General, se contirma, con costas, el auto apelado de foja ocho vuelta, Repuestos los sellos, devuélvanse.

BENJAMIN PAZ.—LUIS V. VARELA. — ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.—
JUAN E. TORRENT.
CAUSA CXCIILI
El Fisco, contra don Pablo Nava y €° ; sobre comiso. | Sumario. — 1? El hecho de venir las mercaderías no mani- | festadas, como envueltas en las manifestidas, tiene que ser ] debidamente probado, para declarar el comiso de estas úl- | timas. !

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:82 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-82

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