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Fallos: 57:294 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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294 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE á Bonelli le compró varias veces billetes fulsos antes de la ope— racion última, y éste en su declaracion de foja 5 corrobora en cierto modo esta afirmacion, al decir que cuando Díaz le manifestó que pensaba comprarunos 100 pesos falsos por 50 buenos, aceptó la propuesta é hizo el negocio, estos hechos, dado el papel que Díaz desempeñaba en ellos, no pueden sinó calificarse legalmente en conjunto con los demás dentro de las disposiciones concernientes á la tentativa, Por estos fundamentos y de acuerdo con loque dispone el artículo 12del Código Penai, el artículo 30 de la ley nacional de 3 de Noviembre de 1887, el artículo 62 de la ley de 14 de Setiembre de 1863, fallo : condenando al procesado José Bonelli á la pena de cuatro años de trabajos forzados, de la que se descontará la tercera parte del tiempo de la prision preventiva que lleva sufrida, á una multa de 500 pesos y á las costas del juicio.

Notifíquese con el original, y en oportunidad comuníquese al Direct.r de la Penitenciaría á los efectos que correspondan.

J. V. Zalanne.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 4 de 1894, Suprema Corte:

Por la propia declaracion de José Bonelli, de fojas 7 y 18, el secuestro hecho por la policía de gran cantidad de billetes falsos, á foja 5 vuelta, lo declarado al respecto por Díaz á foja 20, y las demás diligencias de la causa, resulta comprobada con evidencia la posesion y circulacion de billetes falsificados de

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:294 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-294

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