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Fallos: 57:285 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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CAUSA CCX XXVI
Don José M. Segovia contra la provincia de Buenos Aires, sobre cobro ejecutivo de pesos; sobre excepciones.

Sumario. — 1° Dictado el auto de solvendo en mérito de doenmentos que traen aparejada ejecucion, y no verificado el pago, debe despacharse mandamiento en forma.

2" Las excepciones contra la ejecucion no pueden oponerse en ese estado del juicio.

Caso. — Dictudo auto de solvendo en la ejecucion promovida por Don José M. Segovia contra la provincia de Buenos Aires, por cobro de pesos procedentes de letras de cambio, se pidió revocatoria por el representante de la provincia, sosteniendo que ésta no puede ser ejecutada.

Falle de la Suprema Corte Buenos Aires, Setiembre 22 de 18594, Vistos en el acuerdo y considerando : Que el auto de solvendo se ha dictado en mérito de documentos que traen aparejada ejecucion, con arreglo á la ley de procedimientos.

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:285 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-285

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