CAUSA CCXXI E
Don Maximiliano Soto, contra Don Alfonso Destefano; -.
sobre cobro de pesos y costas. Ue kr Sumario. — 4 El comprador que ha recibido la cosa com= E prada despues del plazo fijado para la entrega, sin reserva ni "A protesta, y que además ha faltado á su obligacion de pagar el En precio de contado, segun lo convenido, no puede imputar mora" "al vendedor en el cumplimiento de sus obligaciones. rr 2" No procede la condenacion en costas, si se reconoce á favor del actor una suma menor de la pedida por úl en la demanda. Caso. — Lo explica el Ur.
Valle del Juen Federal EL Jujuy, Mayo 9 de 1892. E Vistos : les autos seguidos por el apoderado de Don Maxi- a miliano Soto contra Don Alfonso Destefano, sobre cumplimiento ES de un contrato de compra-venta, de los que resalta: pe
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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:233
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-233
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