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Fallos: 57:135 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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DE JUSTICIA NACIONAL 135

CAUSA CCIV
Don Francisco Beltrami, contra la mumeipalhdud de Pueyrredon, por fijacion de término para el pago de una deuda; sobre auto de prueba.

Sumario. — Es inapelable el uuto que abre la causa á prueba.

Caso. — El señor Beltrami promovió juicio contra la municipalidad de Pueyrredon, á fin de que se señale un plazo dentro del cual se debía pagar una deuda reconocida por aquella, El representante de la Municipalidad, contestando el traslado que se le confirió, dijo: que el reconocimiento de la deuda de que se trata, fué hecha con la condicion de que se pagaría cuando la Municipalidad tuviese recursos, condicion que debe justi= ficar el actor que se ha cumplido; y bajo la promesa de que no 1 cobraría, mientras no se encontrase en una situacion desahogada y pudiera pagar sin perjudicar el servicio de la deuda que | tenía pendiente, como lo probará oportunamente.

Falle del Juez Federal La Plata, Agosto 24 de 1893, Y vistos: Se recibe esta causa á prueba por el término de 20 días, debiendo versar la 4 producir sobre los puntos siguientes:

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:135 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-135

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