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Fallos: 57:101 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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Caso.—Intimado Don Horacio Aleman para rendir cuentas de su administracion y presentadas éstas, Don Francisco S. Menn las impugnó alegando, entre otras cosas, que aquel había recibido por arrendamientos más de 95.000 pesos, y sólo manifestaba como recibido 1500 pesos. Dijo que esto constituía el delito previsto por los artículos 268, 269, 270 y 271 del Cúódigo Penal, y pidió se decretase contra Aleman prision preventiva.

Fallo del Juez Federal La Plata, Octubre 14 de 1893, Traslado al administrador don Horacio Aleman, corriendo este incidente por cuerda separada, turrecoerchea, Auto del Juez Federal La Plata, Noviembre 23 de 183, Proveyendo al pedido de prision preventiva deducido en el escrito de foja 8, y teniendo en consideracion que en el presente cago se trata de una accion ordinaria sobre rendición de cuentas y que por el auto mismo de foja 138 vuelta, dictado ú peticion de esta partr, sólo se intimaba al administrador la rendicion de cuentas, y no siendo por otra parte el momento oportuno de pronunciarse sobre si las rendidas y observadas están bien 6 mal formuladas, no ha lugar por ahora ála prision solicitada

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Año: 1894, CSJN Fallos: 57:101 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-57/pagina-101

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