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Fallos: 56:326 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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É CAUSA CLIII
Contra Don P. Omarmi; sobre comis>.

Sumario. — La medicion efectuada sin vicio de nulidad, que no ha podido verificarse por culpa del interesado, debe considerarse como legítima al efecto de establecer la existencia del exceso sujeto á comi-o. > Caso. — Lo indica el siguients

PARTE
Señor Jeje de Vistas, Don Joaquin Echagúe:

El señor G, Guastavino pidió por el permiso N" 1095, Registro N" 172, perteneciente al buque < Wilhden >, el despacho de lo siguiente:

Ciento noventa y ocho vigas de madera dura con 3500 varas cúbicas de 10 por 10 0 sean 7000 metros cuadrados.

Como al examinar el permiso y verificar la clase de madera me pareció muy poca la manifestacion, despues de empezar la medicion en presencia del despachante y del dueño de la made

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:326 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-326

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