sion sufrida, que condo se trata de dos billetes de diez pesos no puede llamarse falsificación, porque la ley supone el hecho en grande escala ; que sólo hay estafa en "a defraudación que Sanchez lleyóá cabo por una simple travesura, Y pide se falle dando por comparada da falta con el timpo de prision sufrida, A foja 31 sabre Lacasa á prneba y nuse produce ninguna, Vencido el término de prueba, se Haman los antos para sentencia; y Resultando: 17 ttue el día 20de Julie: 1892, Don FanstiHo Sanchez, huecendo su del billete de diez pesos que corre agregado dos autos premsertos ú la primera foja del sumario policial, se presentó Je 7TaSde la noche, acompañado de Martin Fernandez, en la essa de comercio de Doña Antonia Mo de Ane gelis, ubicada en La callede Belgrano, de vsta ciudad, compró un peso de cigarros pusos, que pagócon dicho billete y recibióel excedente subre el valor zastado, en buena moneda que da vendedoralde dió, sin apercibirse, enel momento, de la calidad del papel recibido y con el que antorizó al día siguiente su denuneia 6 la Polivía | declaracion de Autonia M. de Angelis, fojas 14 y vuelta; de Aonia Zaconi, fojas 2 y 267 de Valentin Muñoz, tojas 5 y 25 vuelta; de Salva lor Sanchez, fojas) y 19viuelta y 31).
2 Que el dia sábado 20 de Agostode, misino año 1892, como á las 7 de la noche Don Faustino Sanchez, yendo acompañado de su hermano Don Salvi lor, quien no entró ú la casa, s7 va--.
lisde otro billete de diez pesos análogo al anterior, y compró en La tienda e La Alemana > del señor José Bonig, un cepillo de ropa en un peso y cinenenta centavos, recibiendo en vireto la diferencia, cuyo billete fué quemado en la casa al descubrir su falsedad (declaraciones de Oseas Corroza, fujas 7 y 27; de Faustino Sanchez, fojas 9 y 19 vuelta y 31, y de Salvador Sanchez, fojas 12, 22 y 31).
3" Que la policía comunicó en 10 de Diciembre haber encon- trado el bilicte de fuja 36, 51 bien maniliest iganrar su preves dencia quota de fuja du; y
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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:298
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