Fallo de la Suprema Corte actes Actes, Junio 26 de 1891, Vistos: No refiriéndose la peticion « foja sesenta y tresa relaciones entre el Abogado y el Prosarador del Banco de Póndres y lío de la Plata con la testareentaria 4 enyo Jucz deben remitirse estosautos, en cumplimiento del anto ejerutoriado de foja sesenta y dos, sinósilas relaciones entre aquelles y su propio cliente ú sea del citado Banco, las que son extraño, 1 juicio testamentario, enenyocaso el Juez de Seccion tiene jue risdiccion para ronocer de la referida peticion, por tratarse de honorarios devengados ante él.
Por esto : se revoca el anto apelado de foja setenta y cinco en cuanto no hace logar a la mencionada regulacion sites de da remisvma l: attos; y repuestos los ellos, desnelvan e, 
BENJAMIN PAZ, — LUIS Y, VARELA,
 ABEL BAZAN.— OCTAVIO BUNGE.—  JUAN E. TORRENT. 
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1894, CSJN Fallos: 56:264 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-264¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 56 en el número: 264 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
