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Fallos: 56:191 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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CAUSA CXXII
Don Honorio Acevedo, contra el Banco Ilipotecario «e la Provincia de Buenos Aires, por nulidad de una venta ; sobre personería. , Sumario, —El concursado civilmente no tiene personería para entablar demandas, " —— Caso.—Lo indica el Fallo del Juez Federal La Plata, Abril 24 de 1891, Y vistos: los seguidos por Don Honorio Acevedo, contra el Banco Hipotecario de la Provincia «obre nulidad de un contrato de compra-venta; y Resultando : 1° Que el representante del Banco de la Provincia, se presentó (véase foja 14) deduciendo contra el actor excepcion de falta de personería, sin contestar á la demanda,

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Año: 1894, CSJN Fallos: 56:191 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-56/pagina-191

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