DE JUSTICIA NACIONAL 175 culo ochenta de la Constitucion de la provincia, concurren á de mostrar que en el presente juicio se trata de personas de distinta vecindad.
Poresto, y de conformidad con lo pedido por el señor Procurador (reneral + se confirma con costas el auto apelado de foja quince. Repuestos lus sellos, desuélvanse,
BENJAMIN PAZ. —LUIS V. VARE-
LA. — ABEL BAZAN, —OCTAVIO
PUNGE. —JUAN E. TORNENT.
CAUSA XLIII
Don Walter Furst, contra Von Tomás E, Pita, por cobro de pesos; sobre competenvia.
Sumario.—La vecindad en una provincia declarada por testigos, y manifestada en escritura pública por el propio intereresado, quien ademas es diputado á su Legislatura, debe darse por demostrada.
Caso.—Don Pedro Boffi, con poder del señor Furst, promovió juicio ejecutivo contra el señor Pita, por cobro de pesos pro
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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:175
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