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Fallos: 55:171 de la CSJN Argentina - Año: 1894

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CAUSA XEI
Don alter W, Furst, contra Don Tomas E. Pita, por rescisión de un cont rato de arrendamiento: sobre competencia Sumarm.—La vecindad en una provincia, declarada por testigos y manifestada en escritura pública por el propio interesado, quien ademús es diputado ú su legislatura, debe darse por demostrada.

Caso. —Don Pedro Doffi, por Don Walter M. Furst, promovió demanda contra Don Tomús 1, Pita, por rescisión de un contrato de arrendamiento de un terreno situado en el partido de Florencio Varela, provincia de Buenos Aires, y por desalojo del mismo, fundado en la falta de pago de tres mensualidades, Acreditado el fuero por ser el actor vecino de la capital de la República y el demandado de la provincia de Buenos Aires, el Juez convocó álas partes ú juicio verbal, Antes derealizarse éste, don Gabino F, Risso, por el señor Pita, se presentó al Juzgaúo pidiendo que se declare incompetente, oponiendo al efecto la excepcion de declinatoria.

Dijo: Que el señor Pita no está sometido ú la jurisdiccion del Juzgado, por no tener su domicilio en la provincia de Buenos Aires, en la acepcion legal de la palabra;

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Año: 1894, CSJN Fallos: 55:171 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-55/pagina-171

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