CAUSA COLXINX
Don Javier Baca, contra Don Manuel Marco: sobre rescisión de un contrato de venta.
Sumario. — El vendedor que no tiene la posesion de la cosa vendida, se halla en la imposibilidad de entregarla al comprador, y procede en tal caso la rescisión del contrato y la devolucion del precio recibido, y sus intereses, Caso.—Lo indica el Fallo dei Juez Federal Mendoza, Octubre 12 de 1891, Vistos estos autos, de los que resulta: que en fecha 27 de Agosto de 1888 Don Manuel Marco vendió á Don Javier Baca, por el precio de 15729 pesos nacionales un terreno ubicado en el municipio de Belgrano, territorio de la Capital de la República, bajo los límites y extension expresados en la escritura pública de foja 3, cuyo contrato fué efectuado en esta ciudad por ante el Escribano público don Pompeyo Lemos,
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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:9
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-9
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