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Fallos: 54:65 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 65 leyes, la mayor frecuencia de: mismo género de delito, por la mayor necesidad que la sociedad tiene de reprimirlos.

4" Que la reincidencia del procesado, segun se ha visto, está demostrada con la sustraccion de la balija número 7, por cuyo delito sería pasible de la pena establecida en el artículo 52 de la ley citada, mas como no es posible su acumulacion por exceder de la fijada al otro delito, debe aplicarse la del delito mayor, agravándola con las adicionales posibles, de conformi— dad al artículo 75del Código Penal y úála última parte del artículo 52 de la ley antes citada, el cual faculta, segun el caso, la imposición de la pena corporal juntamente con la pecuniaria, Por estos fundamentos y los concordantes expuestos por el señor Fiscal, fallo: declarando al acusado Delfin Casas autor de los delitos de violacion y sustraccion de correspondencia y de 12 pesos en billetes de Banco, contenidos en la carta vinlada, y como tal, con sujecion álas disposiciones citadas, condénole á sufrir la pena de trabajos forzados por cineo años, inhabilidad para obtener cargos públicos, multa de 300 pesos moneda nacional, devolucion de los 12 pesos chilenos y al pago de los sellos correspondientes al proceso, Ejecutoriada que sea esta sentencia, publíquese en dos periódicos de esta ciudad, — Notifíquese en el original.

Darid Zambrano.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Buenos Aires, Setiembre 6 de 1893, Suprema Corte:

La sentencia de foja 142 que impone al procesado Delfin Ca5as la pena de cinco años de trabajos forzados y multa de 300 T. 1" 5

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:65 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-65

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