dería, pues, sólo aplicar la pena más severa, la pena establecida, respecto del delito más grave, « Es esta la solucion que al ocuparse especialmente de los delitos políticos y no políticos, presentan tratadistas distinguidos de derecho eriminal, Otros, como el ilustrado M, aus, opinan que por medio de una sola accion, se viola en este caso el derecho comun y el derecho político, «Los hechos de esta última naturaleza deben castigarse con una pena mayor que la de las infracciones ordinarias, considerá1idose el delito político como una circunstancia agravante, € En la rebelion ejeentada por militares, habría que aplicarse de conformidad con estas doctrinas, las penas del delito militaen su grado máximo.
< Pero la rebelion militar es un delito gravísimo y los castigos con que se reprime están en relacion con esa gravedad, La revuelta, segun M. Langlais, es un erímen militar que ha provocado en todos los timpos las severidades más extremas dela legislacion militar. Se comprenderán los motivos de esa severidad cuando se tenga en cuenta los caracteres que la constituyen. La revuelta esla insubordinacion, la desobediencia: pero es la desobediencia colectiva, coneertada, combinada, con la circunstancia agravante de que los revoltosos se hallan sobre las armas.
« En consonancia con esas ideas, los códigos militares, salvo tal vez una sola excepcion, el de Bélgica, castigan á los promotores ó jefes del delito de rebelion, con la pena de muerte, « La comision debía preocuparse, como se ha preocupado, en efecto, deun punto de verdadera importancia bajo todo conreptorn el derecho. La gravedad del delito, la calidad de las personas que generalmente lo cometen, los móviles á que responden óque determinan su ejecucion, la manera de producirse, los intereses que afectan, eran circuntancias, de cierto, que reelamaban un estudio y una consideracion especial.
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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:599
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