id o 1 : ! > , 604 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE o metido por militares dentro de los cuarteles, -en marcha, en campaña ú en actos de servicio, Séptimo: Que el epígrafe del título séptimo, tratado octavo de laordenauza, importa establecer que el Consejo deguerra de oficiales generales conocerá de los hechos enumerados en el título, los cuales constituyen delitoscometidos por oficiales, en este carácter; pero que de aquí no se siga que no pueda juzgarlos cuando cometan alguno de los delitos contenidos en el título diez, pues, segun el artículo quinto, título primero del mismo trata> do, es á los tribunate: militares úá quieres compete conocer de las causas civiles y criminales de oficiales, y no ála justicia ordinaria: de otro modo y aceptando la observacion hech:: por el defensor, en el informe ¿n voce pronunciado ante la Corte, resultaría, siempre en el sentir de la ordenanza, que los oficiales quedarían impunes cuando perpetraran cualquier delito de los del artículo diez, ó de los comunes que no están previstos en ese Código. Es necesario recordar, además, que la pragmática de Abril diez y siete de mil setecientos cuarenta y siete (ley octava, título quince, libro octavo, Recopilacion), fué derogada, en cuanto toca á la materia militar, por el real decreto de Febrero nueve de mil setecientos noventa y tres, que está corroborado, entre otras disposiciones, por las reales órdenes de Febrero trece de mi! setecientos ochenta y seis, Julio diez y seis de mil setecientos noventa y ocho, Noviembre diez de mil ochocientos y Abril veintiocho y Noviembre doce de mil ochocientos cuatro, quedando de esta suerte restablecido en la ordenanza, en toda su plenitwl, el fuero personal del militar, que se abolió, entre nosotros, por la ley de Julio siete de mil ochocientos veintitres, y más tarde por la Constitucion.
Octavo: Que la real órden de Marzo doce de mil setecientos ochenta y uno, nocircunscribela competencia del consejo de guerra de oficiales generales á los casos fijados en el título siete del tratado octavo de la ordenanza, como se sustenta en un escrito
Compartir
46Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1893, CSJN Fallos: 54:604
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-604¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 54 en el número: 604 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
