RECURSO
Rosario, Noviembre 18 de 1893, Señor Juez Federal:
El Senador Nacional Doctor Don Leandro N. Alem, á VS.
enla formaconveniente, expongo: Acabo de ser notiieado por el Jefe Político que no le es posible cumplir la órden dictada por Y. S. acordando mi libertad, y entiendo que procede por órden superior, La trascendencia de este acto para nuestras institu= ciones y el sistema de Gobierno que el Pueblo Argentino se ha dado por medio de sus legítimos representantes, los constituyentes que formularon y sancionaron el Estatuto Político que nos rige, no puede escapar ú la más debil penetracion, y V.S. la habrá comprendido sin duda alguna desde el primer momento, Todo queda completamente subvertido, desapareciendo hasta la última garantía, no digo para el ciudadano, sinó para todos los habitantes del país, una vez que el Poder Ejecutivo se hace árbitro supremo atribuyéndose hasta la facultad de revisar y anular las decisiones del Poder Judicial. Aquí nose trata ya, señor Juez, de la libertad de un ciudadano, tomado sisladamente el caso; la cuestion es gravísima y fundamental, porque el derecho herido de esta manera y con las consecuencias que fluyen, en uno de los miembros de la sociedad política y civil, afec= ta y conmueve vitalmente ú la sociedad entera, y porque, finalmente y en una palabra, nuestro sistema de Gobierno desaparece completamente con este desgarramiento, sin precedentes, de nuestra Constitucion, Pero V.S., representante del Poder Judicial en este caso, tiene no solamente el derecho, sinó el deber de defender y mante
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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:441
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