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Fallos: 54:389 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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fallo declarando que los señores Fernandez y Gonzalez y Cortado y Rodriguez están amparados por la preseripeion de la acusacion por contrabando dirigida contra ellos por el Procurador Fiscal, y en su conseenencia libres de todo cargo por esta causa, Hágase saber y repóngase, E. A. Lujambio.


VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte :

Ruenos Aires, Noviembre 21 de 185, Los hechos de contrabando, acusilos en este proceso, ocurrieron en Mayo de 1881, no habiéndose deducido la acción has= ta Julio de 1892, Has corrido más de diez años entre el hecho y la aecion delucida"pira castigario.

No ereo que al comíso y multa, establecidos como penas por as ortmanzas de aduana, sean aplicables las disposiciones del Código Civil que rigen la preseripcion, como |medio de adquirir ó perder los derechos reales y personales que existenen el comercio de los hombres, Tampoco creo le sea aplicable el título G° del Código Penal que rige las prescripciones para los delitos y penas de carácter comun. Los delitos por defraudación de derechos de aduana tienen un procedimiento y están sujetos al_rézimen de una le= gislacion especial, las ordenanzas de aduana, Dentro de ellas se estabiecen sus penas y causas de aplica cion y dentro de ell:s tambien el artículo 433, en su segunda parte, preseribe que e cualquiera otro género de reclamaciones

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:389 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-389

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