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Fallos: 54:37 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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Don Pablo Wegner, contra el compromiso arbitral de fojas 40 y M vuelta; fundándose dicho recurso en haberse omitido en el compromiso arbitral algunos requisitos esenciales, como la imposicion de una multa y la enumeracion de las cuestiones á resolver, y la contestacion del apoderado de la razon social demandante, oponiéndose ála nulidad alegada porel demandado, en mérito de no tener personería legal para impugnar el compromiso arbitral, por no haber acompañado el poder que acredita la personería que invoca,
Y considerando: 47 Que consta del escrito y poder corrientes á
fojas 51 y 53 y del auto de 18 de Marzo del corriente año, la personería del señor Parellada; 2 Que del acta de compromiso, corriente á fojas 40 y 41, consta asimismo la eninciacion de las cuestiones sobre que ha de recaer el lando arbitral y tambien que se ha estipulado una multa de 500 pesos ú favor de la parte que estorbase el cumplimiento del laudo y en contra de la que lo obste; 535 Que la voluntad de las partes manifestada en las convenciones, forma para ellos la ley ú la cual deberán someterse sus actos.

Por estas consideraciones: se resuelve no hacer lugar al reeurso de nulidad deducido, ni ú la excepcion de falta de personería en el demandado, declarándose, en consecuencia, firme y válido el compromiso de foja..., y que comparezcan las partes á la audiencia del día 25 del corriente para la designacion del árbitro que ha de reemplazar al renunciante; sin especial condenacion en costas por no haber mérito para ello.

W. Ojeda.

Wegner interpuso recurso de apelacion y nulidad que le fué negado.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 54:37 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-54/pagina-37

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