la devolucion de esos antecedentes: el Juez no hizo lugar en razon del estado de sumario en que se encontraba, ni tampoco á los recursos de apelacion de este auto, conforme á lo dispuesto en el artículo 198 del Código de Procedimientos en lo Criminal, lteiterada esa orden, reiteré el pedido con igual resultado, Pero en esta segunda comunicacion, se ordena además el desistimiento de la accion provicoriamente hasta nueva disposicion.
Es esta segunda comunicacion, la que me obliga molestar á V. E., porque en razon del cargo público que ejerzo, si bien puedo renunciar al apremio del pago de la multa, al Jaño ma terial causado bajo su faz pecuniaria, por más de que se trate de impuesto con que el Estado subviene ú las necesidades ordinarias de la administracion, y que hoy más que nunca las necesita para cumplir compromisos de honor en el exterior, al eselarecimiento del hecho que ha dado márgen al proceso, úá la investigacion del delito, 5 la aplicacion de las responsabilidades anexas, En el carácter mixto con que se considera investidos á los procuradores fiscales, como funcionarios ejecutivos y judiciales ála vez, declino las gestiones relacionadas con la renta é intereses del Estado; pero como representante de la accion pública , debo velar por la moral, órden y la paz social, perseguir el eselarecimiento de los delitos y pedir penas para los delincuentes:
es la mision del ministerio fiscal.
Este desaparece, se anula y se suprime, cuando esas funciohes son absorbidas ó entorpecidas por influencias ó poderes ex= traños al resorte de la administracion de justicia, y deja de ser el baluarte de las libertades y garantías de su organizacion.
De ahí la necesidad sentida de que las funciones de ese cargo público sean detinidas, de ahí las conveniencias de que sean deslintados deberes y responsabilidades,
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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:434
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