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Fallos: 52:38 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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— 8 PALLOS DE LA SUPREMA CORTE aceptacion del cargo lleva consigo el cumplizuiento de los debe— $ res que él impone, sin que basten los mosivos personales que se invocan, para justificar la demora en el despacho de la causa ; se resuelve fijar el término de diez días, para que el mencionado Juez dicte la resolucion que corresponda en los autos que han dado lugar á esta queja. Remítanse estas actuaciones al inferior, prévia reposicion de sellos, para que las mande agregar á sus antecedentes.


BENJAMIN PAZ.— LUIS V. VARE-
LA.—ABEL BAZAN. — OCTAVIO

BUNGE.


CAUSA CXI
Contra don Angel Fontana; sobre contrabando de maderas nacionales Sumario.—La elaboracion de maderas hecha en bosques nacionales, sin concesion prévia del Ministerio del Interior, y la extraccion de ellas mediante falsa manifestacion de su proceden

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:38 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-38

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