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Fallos: 52:335 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 335 miento al infranserito, Remítase testimonio de las piezas necesarias y del presente. lepinganse las fojas.

Sugel Garay.

Ante mí:

Felipe Arana.


AUTO DEL JUEZ DE 1 INSTANCIA DE LA PLATA
La Plata, Nor iembre 54 dde INUI Vistos y considerando : 1 Que segun el instrumento público de foja 6, don Rodolfo Michemberg falleció en la ciudad de Buenos Aires, el 9 de Marzo de 1890 y de los informes expedidos por el Ministerio de Gobierno ú foja 37 y foja 38, resulta que Michemberg era in-peetor de milicias de l'Provincia, enyo cargo ejerció hasta su fallecimiento; 2 Que este hecho, demuestra que Michemborg tenía st domicilio legal en la Provincia, desde que como se ha dicho, era Inspector de milicias de la misma, y se encuentra por lo tanto comprendido en la preseripción contenida en el inciso 17 de:

artículo 90 del Código Civil y 3' Que por otra parte, el domicilio real de una persona es donde tiene establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios, artículo 89 citulo, y comoconsta de autos que Michembers tenía su residencia enla Provincia, por la ra201 antes expuesta y por tener en ella su establecimiento de campo y todos sus bienes, es fuera de duda, que tanbien tenía su domicilio reil, de acuerdo con los artículos 92 y 93;

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:335 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-335

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