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Fallos: 52:231 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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4" Que se sostiene fué Gari el último empleado que intervino en la manipulacion de la pieza certificada sin recordar sin duda y en llamar la atencion de la acusación que hubo otro empleado de Correos, que antes de Acosta, que antes de Gari manipuló esa pieza.

5" Que el empleado anterior ú Gari, como ser el dependiente dela casa de Andrade, tuvo en sus manos la carta y fué él quien la recibió certificada y, con más sabía que contenía dinero, véase (foja 8), ¿fué pues éste quien sustrajo esa suma? las huellas del delito han qu dado alií en la pieza de foja 2, evidentes para denunciarlo, 6" Que tan esasí, que basta examinar con detencion la pieza de foja 2 para convencerse de ello: el sello de tinta violeta puesto enla oficina de Cachari, ensució sin duda alguna las manos del que incitado por la malicia del remitente de la carta, no resistió e violarla y apoderarse del dinero que contenía y dejó sobre el sobre la prueba evidente de su acto: véase las manchas de tinta violeta que presenta el sobre escrito, compárese con la tinta empleada en el sello de la oficina y entónces tendremos descifrado el enigma, no /ué, pues, Gari quien violó la carta ni Acosta que escribió correctamente sobre el sobre despues de cerrado, 7 Que dados los hechos apuntados y considerados, resulta debe llevarse adelante la investigacion, para descubrir é identificar la persona del delincuente.

8" Que si razon hubo para solicitar la absolucion de 1, Acosta, una vez que se llegó al convencimiento de que este recibió ya abierta la carta; otro tanto é igual doctrina debe aplicarsa con relacion á Gari, una vez evidenciado tambien llegó á manos de este la carta en el estado que la ha entregado, $ Que no habiéndose solicitado por la acusacion otra prueba que la existente en autos y menos la defensa haberlaadelan= tado, esto no basta á convencer á Gari de delincuencia alguna, más bien esa prueba ¡e es completamente favorable.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:231 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-231

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