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Fallos: 52:216 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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Y 216 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE
bajo la jurisdiccion ordinaria », En tercer lugar: ¿Cómo puede A sostenerse que sea un acto del servicio militar, el homicidio innecesario de reos civiles, inermes y rendidos? La mision de la Re. Guardia de Cárceles es cuidar de los presos, impedir que se es capen, son esos los actos de su servicio. Pero sien vez de prestar estos cuidados se ocupa de matar los presos, arbitraria é in justamente, ¿á quién puede ocurrírsele que estos hechos constituyen actos del servicio militar? No, señor Juez. Si V. S. no ha de ser competente para investigar la manera cómo son custodiadoslos presos que encomienda ú un olicial, y castigar los delitos que con ellos se hayan cometido; si estos crímenes perpetrados en la casa misma donde V.S. ejerce sus funciones hubieran de tener un Juez extraño, no acierto ú explicarme para qué tenemos en Mendoza Juez del Crímen, ni cuáles son los delitos comunes sometidos á su jurisJiecion, 5" Entiendo que los únicos delitos militares que un oficial puede cometer con ocasion del servicio de la Cárcel, son aquellos que directamente se refieran al comando de la tropa á sus órdenes, á los deberes que le impone su grado, enuna palabra, á sus procederes militares.

Así, si ul castigar una falta de sus «ubalternos, si al rechazar una agresion llevada á su persona en razón del puesto que ocupa, el oficial falta ásu deber y comete delito, éste corresponde á la justicia militar, Todos los casos decididos por la Suprema Corte de la Nacion declarando la procedencia del fuero militar para delitos cometidos dentro de los Cuarteles ó de Cárceles, se refieren á delitos de esta naturaleza, 6' Hay una de esas sentencias qu: al parecer ofrece analogía con el caso de Fernandez Castro, pero que si se observa atentamente, se comprende el distinto carácter del delito á juzgarse, Me refiero á la causa 62, tomo dieciseis, segunda série, Se tra

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:216 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-216

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