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Fallos: 52:209 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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Fallo del Juez Federni La Plata, Abril 22 de 1892.

Vistos: Considerando: 1" Que la excepcion de inhabilidad del título, se funda en que el documento con que se deduce la accion, no ha sido reconocido personalmente por el ejecutado.

2 Que el procedimiento que se ha seguido, está autorizado por la ley y prodúce los mismos efectos que si el juicio se hubiera seguido con la audiencia personal del ejecutado, Por esto, fallo: no haciendo lugar úla excepcion de inhabilidad opuesta y en su consecuencia, sentencio esta causa de trance y remate, mandando llevar la ejecucion adelante hasta hacerse efectivo pago al acreedor ejecutante con el producto del embargo, del capital, intereses y costas. Repóngase esta foja sin más trámite. , Mariano S. de Aurrecoechea.

Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Mayo 30 de 1893.

Vistos y considerando: Primero. Que el pagaré comercial, en cuyo mérito se ha promovido el presente juicio, es un documento privado.

Segundo. Que segun lo expresa el actor en su escrito de foja dos, el protesto por falta de pago no ha sido personalmente noti= T. 11

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:209 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-209

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