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Fallos: 52:149 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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DE JUSTICIA NACIONAL 149 piacion, y no aviniéndose á un arreglo amistoso procedieron al sombramiento de peritos, que aceptaron el cargo, como consta á foja 37.

2" Que esos peritos se expidieron en la forma siguiente: El del expropiado, 4 foja 38, estima en 12 pesos el metro cuadrado de terreno en la fraccion del plano de foja 23, y en un 50 por ciento sobre el valor total, como indemnización por perjuicios, Por la otra fraccion que determina el plano de foja 7, ocho pesos metro cuadrado por el terreno y 40 por ciento por toda indemnizacion. El perito de la demanda, á su vez, en un peso y 20 centavos el metro enadrado de terreno, declarando que no existen perjuicios, 37 Que para mejor proveer el Juzgado mandó practicar por el Secretario una inspeccion ocular del terreno ú expropiar, cu= ya diligencia tuvo lugar, como se ve del acta precedente, Y considerando: 17 Que, en cuanto al valor del terreno, este Juzgado ha fijado en definitiva, como precio el de 3 pesos por metro enadrado en el caso de la Compañía contra D. Domingo Giudice, por terreno contiguo al del señor Rocen, 2- Queel terreno de este último se halla en iguales condicio= nes al de aquel, pues ambos han sido rellenados para alzar su nivel y salvarlos de las inundaciones, y su destino es el mismo, 3 Que respecto de los perjuicios alegados, de autos resulta que estos se limitan á la reluccion del fondo del señor Rocca, pues sólo se le destruye algunas plantas y la vía férrea pasa por terreno del señor Enrique ltomero, como se demuestra por la inspeccion ocular practieada en presencia delos interesados.

4 Que entre el presente caso y el de D. Domingo Giudice, existe la diferencia de que á este último, se le toma solamentela parte del fondo, para formar el área para la estacion; y esta es ventaja que no puede ¡amarse hipotética y debe ser tenida en cuenta, Por todo ello, fallo: declarando, en definitiva, como precio

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:149 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-149

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