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Fallos: 52:152 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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152 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE Montevideo), de mi regreso de Nueva York, prometo pagar á la órden de los señores Williams y Compañía la suma de doscientos cincuenta y cuatro libras esterlinas, en letra aprobada sobre Banqueros de Londres, por valor recibido, para castos necesarios concerniente 4 mi buque, ocasionados en este puerto, por los cuales considero mi buque.

Dueños de dicho buque, carga y mis consignacarios en los Estados-Unidos, ó algunas otras personas á quienes mi buque puede ser consignado, son responsables y quedan autorizados ú sufragar esta obiigacion y deducir la cantidad necesaria del lete del dicho buque, y en caso que el buque DE regrese al lío de Ja Plata, esta cantidad debe ser pagada el buque de los Estados Unidos á cualquier otro puerto, Tomás Corare Patron del + Papa Es traduccion tiel, tillermo Corerston.

Nota.— Al dorso del certiticado, dice lo signiente :

€ Págnese úla órdes de W. H, Croxman y Hnos.

Montevideo, Setiembre 21 de INST Montevideo, Emero 0 ie Lau Mo/liams y Compañoa.

Pidieron el pago, prévio reconocimiento de firma, y en otrosi que el Capitan D. Tomás Cocace, de la barca italiana, arraí= gara el juicio.

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Año: 1893, CSJN Fallos: 52:152 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-52/pagina-152

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