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Fallos: 51:72 de la CSJN Argentina - Año: 1893

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cia del derecho que ubi verba non sunt ambigua non est locus interpretationi.

4° Quesi se aceptara la significacion dada por el representante del Banco, resultaría una distincion para los deudores, distincion que no la ha establecido la ley, y que, por consiguiente, no es racional se establezca, viniendo tambien á alterarse su espíritu manifiestamente demostrado y, por lo tanto, obstaculizando la fácil cancelacion de las obligaciones hipotecarias, 5" Queaceptada la interpretacion del artículo 14 de la Ley de 14 de Julio de 1891, en el sentido que lo sostiene la parte actora, la cuestion traida al conocimiento de este Juzgado, queda de hecho resuelta, pues que, oportunamente ha ofrecido hacer el pago de lo que adeuda, sujetándose ú lo dispuesto por ese artículo y el Banco Hipotecario no ha podido negarse á recibir esas sumas en pago y, por consiguiente, la consignacion surte los efectos del verdadero pago, de acuerdo á lo dispuesto por el artículo 758 del Código Civil, desde el momento que se reconoce por el demandado, que todas las circunstancias enunciadas por el actor son exactas, defir.endo sólo en cuanto ú la forma del pago por los servicios de los trimestres de Julio y Octubre.

6 Que la consignacion puede tener lugar, cuando el acreedor no quiere recibir el pago ofrecido por el dendor (artículo 757 inciso 1" del Código Civil) circunstancia que concurre en el presente caso y resuelto que la suma ofrecida por Gonzalez es la que adeuda, ha podido legalmente hacer la consignacion con fuerza de pago.

Por estos fundamentos y los consignados en el escrito de foja 9, fallo: declarando válida la consignación hecha por D, Octavio F, Gonzalez con fuerza de pago; mandando, en su consecuencia, que el Banco Hipotecario de la Provincia se reciba de la canti= dad depositada en el Banco de la Provincia á la órden de este Juzgado y como perteneciente ú este juicio, debiendo otorgarse

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Año: 1893, CSJN Fallos: 51:72 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-51/pagina-72

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