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Fallos: 5:43 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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CAUSA EIN.
Criminal, contra José Dolores Gil, por rebelion.

Sumario. — Cometen delito de rebelion los empleados públicos, nombrados por los jefes de la rebelion, y que durante ella prestan sus servicios.

Caso.—A solicitud del Procurador Fiscal de San Juan, y por órden del Juez Nacional de aquella Seccion, fué preso José Doleres Gil.

Llamado á declarar, dijo : que habia sido nombrado guarda por don Tristan Echagaray, y ejerció su empleo durante el dominio de los invasores en la rebelion de 1867. Que su ejercicio se reducia á vijilar el punto de que era guarda, y tomar y dar cuenta de las cargas que se introducian á la Provincia. Que por una órden que conserva se le comisionó tambien para que no permitiese el tránsito de individuo alguno á la República de Chile, que no llevara pasaporte ó salvo conducto ; pero que no detuvo á nadie. Que sabia que erailejítima la autoridad que le confirió el cargo; y por último que recibió sus sucldos por el tiempo que sirvié, que fué desde el 6 de Enero de 1867, hasta el dia en que se recibió de la Aduana su Administrador legal.

En la confesion agregó que las órdenes que le fueron trasmitidas durante la rebelion, fueron las mismas que tenia en la

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:43 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-43

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