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Fallos: 5:385 de la CSJN Argentina - Año: 1867

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Gaso.—Don Toribio Urruti fué procesado por delito de rebelion. Concluido el sumario, el procurador fiscal de la Rioja le acusó como reo de ese delito, y pidió contra él, la pena de cuatro años de destierro y tres mil pesos fuertes de multa, El acusado, antes de contestar, pidió ser escarcelado bajo ñanza, á lo que se opuso el procurador fiscal, Fallo del Juez Seccional.

Rioja, Febrero 44 de 4868.

Vistos: Y considerando que el delito que se persigue en la presente causa no es de aquellos que por la ley merecen pena aflictiva, por cuanto el destierro, si bien esreputado por algunos autores, como pena corporal, ella es de tal naturaleza, que puede garantirse su efectibilidad con la fianza carcelera. Resuelvo se conceda la escarcelacion solicitada con la fianza propuesta, debiendo otorgarse préviamente la correspondiente escritura.

Morcillo.

Interpuesta apelacion por el Fiscal, la sentencia fué confirmada por el Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Julio 2 de 1808.

Vistos: Por sus fundamentos, se confirma el auto apelado de foja cinco y devuélvanse.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS.—FRANcisco DELGADO.—JosÉ BARRos Pazos" —d. B. GOROSTIAGA.

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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:385 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-385

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