CAUSA XX XVIKI.
Don Guillermo Forques contra Don Agustin Rodriguez por cobro de pesos.
Sumario.—41o Él que opone la excepcion de litis pendencía debe provarla.
2 En el caso que un deudor deje en poder de un acreedor un doble justificativo sobre una misma deuda y este lo negase, 4 aquel corresponde la prueba, como si alegase haber pagado indebidamente, Caso. — António Pascualetti, en representacion de Guillermo Forques, demandó 4 Agustin Rodriguez, por la cantidad de 8,000ps. m/c. importe de cal entregada...
El demandado declinó de jurisdiccion alegando que ante el Tribunal de Comercio de la Provincia existia litis sobre esta misma cantidad.
Pedido informe al Tribunal de Comercio, el escribano Angel Julio Blanco informó que por su oficina giraban dos pleitos promovidos por Pascualetti contra Rodriguez, siendo el uno sobre pago de una cuenta de 27,328 ps. m/c., y el otro por unos vales de maderas y cal, cuyo reconocimiento se habia pedido.
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Año: 1867, CSJN Fallos: 5:238
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