Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 5:215 de la CSJN Argentina - Año: 1867

Anterior ... | Siguiente ...

de la prision que ha sufrido, se declara nulo todo lo actuado desde la acusacion inclusive, y vuelva el espediente al Juez de Seccion para que inicie de nuevo el proceso, con arreglo á derecho, y lo resuelva oportunamente segun su mérito, tenien do presente en caso de imponer al indiciado alguna pena, el tiempo de prision que ha sufrido ya indebidamente.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS.—SALVaDOR M. DEL CARRIL, —FRrAncisco DELGADO. —Josf Banos Pazos.

CAUSA XXXIII,
Criminal, contra Manuel Riquelme, por delito de rebelion.

Sumario, — 19 El Juez de la causa debe examinar al acusado y testigos del proceso mandar ratificar á estos en el término de prueba.

29 En caso contrario, es nulolo que se actúe deste la acusacion inclusive.

3 Las diligencias hechas ante Juez incompetente no consittuyen el verdadero sumario.

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

67

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1867, CSJN Fallos: 5:215 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-5/pagina-215

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 5 en el número: 215 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos