2774 de 30 de Enero de 1891, se limita al examen de los libros de la fábrica, el Juzgado de Seccion ha ordenado, r posteriormente, de oficio, la compulsa de los libros de la» casa de comercio, sobre los asientos relativos á la fabricacion de los alcoholes sometidos al impuesto ( auto de | foja 23), con arreglo á lo dispuesto por el artículo 196 | del Código de Procedimientos en lo Criminal, Por esto y oído el señor Procurador General, se confirma el auto apelado corriente á foja 2, en el sentido explicado por el auto de foja %). Repuestos los sellos, devuélvanse,
BENJAMIN Paz.— Luis V. VARELA.
— Ocravio BuNnGE.
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Año: 1892, CSJN Fallos: 49:134
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