506 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE interesados en su escrito de foja 76, líbrese oficio al Banco Nacional para que. con intervencion del actuario se entregue á los Señores Soulá, Benansse y Compañía la suma de mil ochocientos sesenta y un pesos con veinte y seis centavos moneda nacional importe del flete. Al primer otrosí líbrese oficio á- la Prefectura Marítima haciéndole saber que el buque «Mariano» queda embargado hasta nueva resolucion de este Juzgado, para responder ú los gastos causados en el presente juicio. — Virgilio M. Tedin. » Dichas providencias fueron notificadas el mismo día á Vadalá y aun cuando la firma de la segunda notificación aparece maliciosamente cubierta por un borron, se distingue lo bastante para reconocer que allí está la firma de Vadali, Durante el curso que siguió el expediente, los Señores Mesina y Nappa y Soulá, Benausse y Compañía, el primero representado en forma por Don Vicente Ricci, el segundo por sí y los últimos representados por Don Eduardo -S. Scotti, presentaron. de comun acuerdo, un escrito que corre ú foja 86, en el que se contienen las siguientes peticiones: «Que de comun acuerdo hemos resuelto proceder á la venta en remate del buque «Mariano», á fin de que sean satisfechos todos los honorarios y gastos causados en este juicio segun el convenio celebrado en el escrito de foja 76; por tanto, venimos ante V. S. proponiendo para esa operacion al martillero Dón Eduardo Bayma. quien, previa su aceptacion del cargo, procederá ú llenar su cometido.
Otros decimos: Que la venta deberá hacerse al mejor posior debiendo depositarse el valor de dicha venta en
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:506
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