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Fallos: 48:140 de la CSJN Argentina - Año: 1892

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y 140 FALLOS DE TA SUPREMA CORTE En la primera cuestion el De. Yofre votó por la negntiva l y dijo:

Este recurso de apelación ha sido traído en el juicio seguido por Trinidad S. Osuna. contea da sociedad anónima «Fronton Buenos Aires», cobrándoje ejecutiva» mente el importe de Tas patentes correspondientes d los años le 1889 y 1800 con das maitas en-que ha incurrido por sur falta de abono en tiempo oportano.

Habiéndose opnesto ha excepcion ile litis pendeneia porel cobro de la puente de 1590, LHumido este Tribimal ú resolver tanto sobre esta patente cnanto sobre la del año anterior de 18559 aun cenando respecto de esta se invoca dicha excepcion, debe teitarse previamente la excepeion E dilatoria aducida por la sociedad demandada por ser de órden preferente, Dicha excepeion es improcedente, porque para que baya litis pendencia. us menester que el pleito en que se funda exista sobre el mismo objeto, entre las mismas partes y sencie igual carácter, como está establecido por los fallos de este Tribunal en el tomo 3 pigina 147 y lo sostienen los aitores, entre otros, Caravintes— Procedimientos Judiciales, tomo 2, título 607, pizitae SS: —y en el caso de hr sociedal anónima e Fronton Bnenos Aires» que lítiga ante este Tribanal, es distinta persona del empresario Uranga que litiza en su enlidial de empresario y por derecho propio ante el Juzzulo Federal no com enrriendo desde nego lus mismas partes enel juicio, Los señores Ortiz y Aguirre se adhieren al voto ante rior, Ala segunda el mismo vocal dijo: que en cuanto la excepcion de falta de título elli es procedente, por cuanto se encuentra comprendida en La de falsedad,

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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:140 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-48/pagina-140

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