juegan, las que quedarán siendo materia de impuestos que la Municipalidad podrá crear.
Esta interpretacion está de acuerdo con el hecho de haberse pagado el impuesto á la Municipalidad, por la Sociedad demandada, informe de foja 57 vuelta y con la reforma que el Congreso hat hecho del inciso Y citado, en lacLey de patentes dictada en las sesiones extraordinarias de Enero del año pasado, cuyo inciso 7" dice:
Los hipodromos sin excepcion, /7/n/anes, casas de remates de partidos de pelota, de carreras y apuestas mútias, pagarin una patente anual de cinenenta mil pesos.
Si en el inciso 9 de las leyes de 1889) y 18590 en la frase.
casas de remate de carreras, «de partidos de pelota».
estaban comprendidos los frontones, no habría tenido necesidad el legislador de expresar estos frontones et la ley de 1890 citada.
Mas como remates de partidos de pelota no eran fron tones, la ley ha venido 4 incorporarlas haciendo extensivo ú ellos el impuesto Fiscal:
Enctodo evento es fuera de discusion, que 4' menos es dudoso que bajo el imperio de las leyes de patentes dé 1889 y 1890 estimó comprendidos los frontones y desde luego de conformidad 4 los principios recordados debe resolverse en favor del deudor.
Por lo- que votaba afirmativamente en la cuestion propuesta.
Los Doctores Ortiz, Aguirre, se adhirieron al voto y anterior. Re Con lo que terminó este acuerdo, que firmaron los E señores vocales. Doctores Aguirre, Ortiz y Yofre—Ante mi: Aberto M. Larroque. y
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Año: 1892, CSJN Fallos: 48:143
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