DE JUSTICIA NACIONAL 181
CAUSA LXXII
NA
La Compañía del Ferrocarril del Sud de Buenos Aires contra Don Bautista hordenave, por desalojo; sobre nulidad.
Sumario.— Es nulo el auto de desalojo dictado sin previa citación y nudiencin del demandado.
Caso.— Don Eduardo Puleston, por la empresa del Ferrocarril del Sud, se presentó ante el Juzgado exponiendo: que Don Bautista Bordenave ocupa hace tiempo | como inquilino una parte de la estacion Altamirano, teniendo instalado allí su negocio de confitería, y por razones que no necesita expresar, la empresa le ha pedido en diversas ocasiones el desalojo del local. Que no habiendo conseguido el desalojo , pedía con arreglo á lo dispuesto en el artículo 1610 del Código Civil la notificacion á Bordenave lo efectuara dentro de tres mesés, bajo apercibimiento de lanzamiento, notificindose por medio de oficio al Juez de Paz de Brandzen.
T. XVII E
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Año: 1891, CSJN Fallos: 47:481
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