448 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE rados en sus fábricas de Cruz Alta y Ranchillos, de conformidad 4 la ley nacional sobre impuestos internos, manifestó ante la Oficina de que soy. Inspector, que aquellos solo alcanzaban 4 30, siendo así que en virtud de la verificacion personal que posteriormente hice he podido constatar la falsedad de esa aseveracion, pues dichos alcoholes llegaban hasta 40, importando esta diferencia una considerable defraudacion á los intereses nacionales que represento, de conformidad á lo estatuido por la ley de 30 de Noviembre de 1891.
En tal virtud y en cumplimiento de los deberes que el cargo me impone, vengo á solicitar del Juzgado se sirva aplicar al Señor Abraham Medina la pena úá que se ha hecho acreedor, segun lo establecido por el art. 5° de la ley citada.
Por tanto:
A V. S. pido lo provea como le dejo solicitado. Será justicia.
Otrosí digo: que con el propósito de garantir los intereses que represento, V. S. se ha de servir ordenar que el señor Abraham Medina exhiba los libros de sus casas, así como tambien mandar trabar embargo preventivo de todas las existencias de alcohol que hubieren en las fábricas.
Cúrlos T. Castetlanos Inspector Nacional
Compartir
50Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1891, CSJN Fallos: 47:448
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-448
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 47 en el número: 448 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos