Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 47:452 de la CSJN Argentina - Año: 1891

Anterior ... | Siguiente ...

—a quien se refiere este sumario, cuya organizacion me y veo obligado á pedir y V. S. á ordenar, prescindiendo > por completo. de nuestras opiniones personales, para E atenernos únicamente en desempeño de nuestro cargo 4 á lo afirmado por el Señor Inspector de Seccion en su f escrito de acusación y esperar el resultado de las invesn tignciones judiciales, E Con lo expuesto, pido 4 V. S. se sirva tenerme por E expedido en la vista conferida y proceder en conseE cuencia en el sentido indicado. salvo siempre el más acertado juicio de V. S.

Ue. Serú justicia. etc.

Napoleon M. Vera.

Fallo del Juez Federal Tucuman, Enero 26 de 1892.

Autos y vistos: considerando que la imposicion de una multa, tratándose de la recaudación de impuestos, es un acto administrativo; que impuesta administrativamente la que corresponde aplicarse y rehusado su abono, recien es llegada la oportunidad de requerir la accion del Juez, para hacer efectivo el apremio. que no Mu... | que en el presente caso el Receptor Señor Castellaños haya impuesto la multa de que se trata al Señor Abraham Medina, y que "ste se hubiese rehusado á pagarla.

Por tanto, fallo: declarando que el Receptor debe L

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

50

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1891, CSJN Fallos: 47:452 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-47/pagina-452

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 47 en el número: 452 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos